
Según
se argumentaba en el primer comentario, revisando el paradigma de la política
ambiental, ésta ha estado caracterizada por perseguir objetivos, que son más
bien problemas y estrategias políticas cuya virtualidad como soluciones
positivas de esos problemas nadie conoce.
El
origen de esta distorsión tiene varias causas. Ya vimos una, la modalidad en la
cual es descrito el supuesto problema de política, como una crisis existencial
para la humanidad. Pero a su vez, esta misma se puede retrotraer a una razón
más compleja, a saber, la propia definición del objeto de política de la
política ambiental, y la serie de disfunciones conceptuales que ello ha
significado.
Entendemos
en este contexto el objeto de política como el ámbito de la realidad, como ésta
se defina, que la política pretende influenciar mediante su acción. Así,
podemos decir que el ámbito de política de la política educacional podría
definirse como el nivel de formación reglada de algún tipo de que dispone la
población del país. En ese caso esa sería “la realidad” que la política
educacional desea modificar en algún sentido.
Ahora
bien, para ese ámbito de política es para el cual nos planteamos, en primer
lugar, propósitos, es decir aspiraciones relativas al modo que nos gustaría ver
esos ámbitos de realidad en el futuro, y en segundo lugar, objetivos, logros
que creemos que podemos alcanzar en ese ámbito en un determinado plazo de
acción, y que de alguna forma nos acercan a esas aspiraciones.
La
diferencia entre ambas no es baladí, pues las aspiraciones reflejan, al dar
cuenta de nuestra ambición, nuestros valores en lo que a ese ámbito de realidad
respecta, y constituyen así grandes guías para la acción. En cambio los
objetivos constituyen logros muy bien medidos que reflejan lo que pensamos que
podemos alcanzar materialmente en un plazo determinado y que como tal
constituyen una guía muy operativa para la acción. Sin las primeras nos
pondríamos objetivos carentes de perspectiva y sin los segundos actuaríamos sin
una guía operativa precisa.
Si
nos preguntamos por el ámbito de política de la política ambiental, es decir,
por esa realidad o estado de cosas material que la política pretende
influenciar, modificar, lo que tendemos a pensar es que el objeto de la
política ambiental es la naturaleza, o el medio ambiente, entendido como
aquello que es el entorno natural de la sociedad y el hombre. Y aquí es donde
se encuentra el meollo de la distorsión de que hemos venido hablando, porque la
naturaleza como tal, no es el objeto de política de la política ambiental. Con
esto queremos decir que el estado de la naturaleza no puede ser el objeto de la
política ambiental.
Dos
razones simples nos llevan a afirmar esto. La primera razón, es de naturaleza
conceptual y tiene que ver con lo que diferencia las políticas de otros ámbitos
de expresión humana, y es que son de naturaleza instrumental. Con esto queremos
decir que son herramientas para canalizar la acción social para el logro de una
modificación efectiva de estados de cosas, y en eso se diferencian de otras
formas de expresión, como la ciencia o la literatura, que no son instrumentos
explícitos de modificación de ningún estado de cosas, por mucho que puedan
aspirar a que ello ocurra.
Las
políticas públicas no son sólo herramientas de expresión de aspiraciones, sino
de opciones concretas de modificación de realidades, sean o no exitosas en el empeño. Las políticas
públicas no están para soñar, aunque sueños puedan alimentarlas. Las políticas
públicas están para transformar, modificar, alterar, estados de cosas, en
general indeseados, en un sentido en que la sociedad piensa es mejor. Esa es su
función social.
En
este sentido una condición sine qua non del objeto de política de una política
pública es que pueda ser modulado por la volición social del caso mediante la
política pública. Así la política pública puede pensarse como un actor capaz de
modelar su objeto de política. Si el objeto de política no pudiese ser pensado
como una totalidad modelable, es decir, sujeta a la volición social, entonces,
no podría concebirse futuro ninguno para su objeto de política, y sin este, no
hay política como tal, pues no sabríamos qué estamos modificando, alterando, en
definitiva no sabríamos para que estamos haciendo lo que hacemos con la
política pública.
Por
tanto, las políticas públicas solo son eficientes para objetos de política que
puedan ser pensados totalizadoramente como sujetos de la volición social
mediante la acción de la política pública, es decir, son eficientes para
ámbitos de realidad que puedan ser pensados justamente como objetos.
Esto
significa que la “realidad” como tal difícilmente puede ser el objeto de una
política pública, para ello se debe ir acotando esa “realidad” hasta definir un
ámbito que pueda ser pensado como un objeto que puede ser sujeto de modelación
de acuerdo a una volición social dada.
Una
vez explicado esto resulta obvio que “la naturaleza” o “el medio ambiente” no
pueden constituir el objeto de la política ambiental. El estado de cosas de
todo lo que podamos definir como “lo natural” difícilmente puede ser sujeto de
modelación totalizadora acorde a la volición social vehiculizada por una
política pública o cualquier otro instrumento.
En
otras palabras no hay política pública posible que pueda modelar lo natural”,
ni todo “lo natural”, ni partes de eso, de acuerdo a algún tipo de volición
social. La naturaleza no puede ser el objeto de la política ambiental. Esto es
tan evidente como que ninguna política ambiental en el mundo se puede hacer
responsable por el estado de la naturaleza que es de su “competencia”.
Esto
no niega que el estado de la naturaleza detone la política ambiental, pero eso
es otra cosa.